La primera pregunta no es qué porcentaje puedo deducir, sino si el vehículo está afecto a tu actividad económica. Sin afectación, no hay deducción.
Qué significa afectación
Afectar un bien a la actividad es ponerlo de forma exclusiva al servicio de tu negocio. En la práctica exige poder demostrar que el uso profesional es real y que el vehículo está en el balance de tu actividad.
- Registro del vehículo en la contabilidad o libro de bienes de inversión.
- Uso profesional demostrable, no solo declarado.
- Titularidad coherente con la actividad.
- Justificación si el uso es mixto.
Ejemplo: un comercial que visita clientes a diario tiene fácil probar la afectación. Un autónomo que teletrabaja y usa el coche para llevar a los niños, no.
Uso exclusivo frente a uso mixto
Hacienda distingue entre vehículos de uso exclusivamente profesional y vehículos de uso mixto. En los turismos, la regla general es restrictiva: solo son deducibles al 100% si se acredita uso exclusivo profesional, algo difícil fuera de determinados sectores.
- Uso exclusivo: deducción plena, con prueba sólida.
- Uso mixto: deducción limitada y prorrateada.
- Vehículos industriales y comerciales: tratamiento más favorable.
- El grado de utilización debe ser razonable y documentado.
IVA del vehículo
La deducción del IVA soportado en turismos está limitada por ley. Con carácter general, el IVA de un turismo no es deducible, salvo que se acredite uso exclusivo en la actividad o se trate de vehículos afectos a determinadas actividades.
- Turismo de uso mixto: IVA no deducible.
- Uso exclusivo profesional acreditado: IVA deducible.
- Vehículos industriales: IVA deducible con reglas propias.
- Reparaciones y mantenimiento siguen la suerte del IVA del vehículo.
IRPF y gastos deducibles
En estimación directa, los gastos del vehículo afecto son deducibles si están justificados e imputados a la actividad. Combustible, seguro, reparaciones, ITV o amortización pueden entrar, pero con límites.
- Amortización según tabla oficial, con límite anual.
- Combustible y peajes vinculados a desplazamientos profesionales.
- Seguro y mantenimiento proporcional al uso.
- Sin afectación, no hay gasto deducible.
El kilometraje
Si no afectas el vehículo, puedes deducir el importe por kilómetro recorrido con un límite. Es una alternativa habitual, pero exige un registro de desplazamientos con fecha, trayecto, motivo y kilómetros.
- Registro por trayecto, no solo un total mensual.
- Motivo profesional identificable.
- Importe por kilómetro dentro del límite admitido.
- No mezclar kilometraje con gastos reales del mismo vehículo.
Documentación que necesitas
- Factura de compra o contrato de leasing.
- Ficha técnica y permiso de circulación.
- Facturas de combustible, taller y seguro.
- Agenda o registro de desplazamientos.
- Justificación del uso profesional ante una inspección.
Errores habituales
- Deducir el 100% de un turismo sin prueba de uso exclusivo.
- Deducir el IVA de un vehículo de uso mixto.
- Usar el coche familiar sin afectación contable.
- No registrar los kilómetros y luego reclamar el kilometraje.
- Mezclar facturas personales con las de la actividad.
Preguntas frecuentes
¿Puedo deducir el coche si trabajo desde casa?
Solo si puedes acreditar desplazamientos profesionales habituales. Sin uso profesional demostrable, la afectación no se sostiene.
¿Y si el coche está a nombre de mi pareja?
Es un supuesto delicado. Necesitas justificar la afectación y el uso profesional, y normalmente se exige que el bien esté en el patrimonio de la actividad.
¿Leasing o compra?
El leasing reparte el coste y facilita la renovación; la compra permite amortizar. En ambos casos, la clave sigue siendo la afectación.