Profesores y formadores autónomos: IVA e IRPF

Dar clase por cuenta propia parece sencillo hasta que llega la primera factura: ¿con IVA o sin él? ¿retención? ¿y si el curso es online? Estas son las respuestas que más se repiten.

• 7 min de lectura • Autónomos

La formación es una de las actividades con más dudas fiscales porque reúne dos reglas que se cruzan: la exención de IVA en la enseñanza y la retención de IRPF propia de las actividades profesionales. Y encima depende de si das clase a particulares, a empresas o a una academia. Vamos por partes.

Formación reglada, no reglada y clases particulares

No todo lo que se enseña recibe el mismo trato. La normativa distingue, a grandes rasgos, entre enseñanza incluida en un plan de estudios o con reconocimiento oficial, formación no reglada para adultos y clases particulares. Cada supuesto tiene su encaje en IVA y en IRPF.

Antes de fijar precios, responde a estas preguntas:

  • ¿La formación está reconocida o acreditada por una administración educativa?
  • ¿Quién es el cliente: particular, empresa, academia o entidad pública?
  • ¿Vendes un curso cerrado, una suscripción o horas de consultoría mezcladas con clase?

Aviso: la exención de IVA en enseñanza no se aplica de forma automática por llamarte profesor. Depende del tipo de formación y de las condiciones del prestador. Si aplicas exención sin cumplir requisitos, la corrección sale caras en intereses.

IVA: cuándo hay exención y cuándo no

Ciertas actividades de enseñanza están exentas de IVA en los términos que fija la normativa vigente. Esa exención no es un regalo: implica que no repercutes IVA, pero tampoco deduces el IVA de tus gastos en la parte exenta. Es decir, el ahorro para el alumno se compensa con menor deducción para ti.

En cambio, la formación no reglada dirigida a empresas suele estar sujeta y llevar IVA. Ahí aparecen las facturas con base, cuota y, si procede, retención.

  • Comprueba si tu actividad concreta está exenta antes de configurar tu facturación.
  • Separa líneas cuando un mismo cliente compra formación exenta y consultoría sujeta.
  • Documenta el criterio: nota en el expediente del cliente y copia de la norma aplicada.

IRPF: retenciones y pagos fraccionados

Como formador autónomo, tus ingresos son rendimientos de actividad económica. Cuando facturas a empresas o a otros profesionales, la factura lleva retención de IRPF; cuando facturas a particulares, normalmente no. Esa retención se descuenta después en tu declaración anual.

El detalle que más problemas causa es la primera factura a una empresa: se emite sin retención, el cliente la rechaza y toca rectificar. Ten una plantilla con retención y otra sin ella, y elige antes de enviar.

  • Controla los pagos fraccionados trimestrales según tu volumen.
  • Guarda los certificados de retención que te envían los clientes.
  • Si compaginas formación con otro empleo, revisa cómo afecta a tu declaración conjunta.

Cursos online, suscripciones y ventas a otros países

Un curso grabado vendido por internet no es lo mismo que una clase en directo. Cambia el encaje del servicio, el lugar de realización y, en ventas a consumidores de otros países de la Unión Europea, las obligaciones de IVA.

Si vendes a particulares de otros Estados miembros, lo habitual es que el IVA se aplique en el país del cliente y tengas que usar las ventanillas únicas disponibles. No es un trámite que convenga improvisar: una plataforma mal configurada puede generarte cientos de ventas mal gravadas.

  • Define si vendes un servicio formativo o un contenido digital.
  • Revisa el país del cliente antes de emitir la factura.
  • Conserva prueba de la entrega del curso y de la aceptación de condiciones.

Gastos que sí puedes deducir como docente

La formación tiene gastos muy concretos y fáciles de justificar si los documentas bien:

  • Material y plataformas: libros, licencias, grabación, alojamiento de vídeo, correo profesional.
  • Espacio: aula alquilada, coworking o parte proporcional del domicilio si está afecto.
  • Desplazamientos: visitas a clientes, ferias y formación propia, con facturas.
  • Marketing: web, publicidad, diseño de materiales y edición.

Consejo: factura siempre con el mismo criterio. Si un cliente te pide cambiar la forma de la factura a mitad de año, documenta el motivo. La coherencia vale más que cualquier plantilla perfecta.

Preguntas frecuentes

¿Mis clases particulares llevan IVA?

Depende del tipo de enseñanza y de las condiciones del prestador. Muchas clases particulares encajan en la exención, pero no todas. Comprueba tu supuesto concreto antes de decidir.

¿Tengo que aplicar retención a una academia?

Si la academia actúa como empresa y te contrata como profesional, lo habitual es que la factura lleve retención. Confírmalo con el cliente antes del primer pago para no rectificar después.

¿Puedo deducir el ordenador y la cámara?

Sí, si están afectos a la actividad y puedes acreditarlo. En equipos de uso mixto aplica un criterio razonable y mantenlo igual todos los años. Guarda siempre la factura a tu nombre.

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Última actualización: 16 de septiembre, 2026

Consulta la normativa vigente y tu situación concreta antes de tomar decisiones.