Agente comercial autónomo: comisiones, IVA y contrato

Cobrar por comisión parece simple hasta que hay una devolución, un cliente que no paga o un contrato que no dice cuándo se genera el derecho. Aquí van las claves que de verdad importan.

• 7 min de lectura • Autónomos

El agente comercial autónomo vive de un flujo de caja que no controla: vende, pero cobra cuando el cliente paga y cuando la empresa liquida la comisión. Si a eso le sumas IVA, retención y gastos propios, el margen se estrecha rápido. Ordenar la facturación es la mitad del trabajo.

Agente comercial, comisionista y falsos autónomos

No toda persona que cobra comisiones es agente comercial. La figura del agente implica promover operaciones de forma continuada por cuenta de una o varias empresas, con independencia organizativa. Si en la práctica trabajas en exclusiva, con horario impuesto y material de la empresa, puedes estar ante un indicio de laboralidad.

La frontera importa porque cambia todo: cotización, retenciones, gastos deducibles y protección social. Si tienes dudas razonables, revísalo antes de firmar.

  • Alta en el epígrafe adecuado y alta en el RETA.
  • Contrato de agencia por escrito, con la comisión detallada.
  • Medios propios suficientes para no parecer asalariado.

Comisiones: cuándo nacen y cuándo se facturan

La comisión no siempre nace cuando cierras la venta. En muchos contratos se devenga al cobrar el cliente, o al facturar la empresa. Esa diferencia puede separar tu facturación de tu trabajo real en meses, y afecta tanto a tu IVA como a tu IRPF.

Un ejemplo típico: cierras una operación en noviembre, el cliente paga en febrero y la empresa te liquida en marzo. Si facturas en noviembre, adelantas IVA e IRPF sin haber cobrado. Si esperas al devengo pactado, cuadras mejor la tesorería.

  • Define por escrito el hecho que genera la comisión.
  • Acuerda qué pasa si el cliente no paga o devuelve el producto.
  • Pide un extracto de operaciones para contrastar tu liquidación.

Aviso: no todas las empresas aceptan retención en la factura del agente. Si el contrato no lo aclara, prepárate para discutir cada trimestre. Fija el criterio en la primera factura y mantenlo.

IVA y retención en la factura por comisión

La comisión es un servicio sujeto a IVA en la mayoría de los casos. Sobre la base se aplica el tipo general y, cuando procede, la retención de IRPF por tratarse de una actividad profesional. El resultado es una factura con tres importes que hay que cuadrar: base, IVA y retención.

Si la empresa está en otro país, el tratamiento del IVA puede cambiar y la retención española puede no aplicar. No des por hecho que la factura de siempre sirve para un cliente nuevo.

  • Detalla la operación que genera cada comisión, no solo el importe.
  • Si facturas varias comisiones, usa una línea por operación o un anexo.
  • Revisa la retención antes de enviar: es la causa más común de rectificativa.

Cláusulas del contrato que te protegen

El contrato de agencia se puede firmar de palabra, pero probarlo es otra historia. Estas cláusulas marcan la diferencia cuando la relación termina:

  • Zona y clientes: si son exclusivos y qué pasa con los que ya tenías.
  • Comisión: porcentaje, base de cálculo, devengos y liquidaciones.
  • Duración y preaviso: plazos razonables para ambas partes.
  • Indemnización por clientela: derecho al terminar, con condiciones.
  • No competencia: solo si es razonable y compensada.

Gastos deducibles del comercial autónomo

Viajar es parte del trabajo, así que los gastos de desplazamiento suelen ser la mayor partida. Para que Hacienda los acepte, deben estar vinculados a la actividad y documentados:

  • Vehículo: combustible, mantenimiento y seguro, con criterio de afectación.
  • Dietas y comidas: solo con motivo profesional y justificante del desplazamiento.
  • Alojamiento: factura a tu nombre y fecha coherente con la visita.
  • Oficina y comunicaciones: móvil, portátil, CRM, cuota de coworking.

Consejo: guarda una nota de cada visita con fecha, cliente y motivo. Dos líneas por desplazamiento te ahorran discusiones meses después y convierten un gasto dudoso en un gasto defendible.

Preguntas frecuentes

¿Debo emitir factura por cada comisión?

Sí, siempre que la comisión corresponda a una operación cerrada y devengada según tu contrato. Puedes agrupar varias en una factura, pero detallando cada operación.

¿Qué pasa si el cliente final no paga?

Depende de lo pactado. Lo habitual es que la comisión se ajuste o se devuelva. Si ya facturaste, tendrás que emitir una rectificativa. Por eso conviene fijar el criterio antes de empezar.

¿Puedo deducir el coche al cien por cien?

Solo si puedes acreditar afectación exclusiva a la actividad. En turismos de uso mixto lo habitual es aplicar un porcentaje y justificarlo. Guarda kilometraje y motivo.

Comisiones sin papeleo

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Última actualización: 10 de septiembre, 2026

Consulta la normativa vigente y tu situación concreta antes de tomar decisiones.