Tarifa plana de autónomos: requisitos y límites

La cuota reducida abarata el primer tramo, pero no es gratis ni dura para siempre. Esto es lo que tienes que cumplir y lo que viene después.

• 7 min de lectura • Autónomos

La tarifa plana es una cuota reducida para nuevos autónomos. Durante los primeros meses pagas una cantidad fija muy por debajo de la cuota mínima, y después tu cotización pasa a calcularse por tramos de rendimientos. El problema es que mucha gente la confunde con una ayuda permanente o cree que basta con darse de alta.

Qué es y cuánto supone

La cuota reducida se aplica sobre la base mínima de cotización y se queda en torno a 80 euros al mes durante los doce primeros meses. Puedes prorrogarla otros doce si tus rendimientos netos quedan por debajo del salario mínimo interprofesional. No es una subvención: es una bonificación del 80% sobre la base mínima, y sigue contando como cotización a efectos de prestaciones.

Ese detalle importa. Cotizar por la base mínima abarata la cuota, pero reduce la base de tu futura incapacidad temporal, jubilación o cese de actividad. Si tu previsión es facturar poco durante el primer año, la tarifa plana encaja. Si vas a facturar 50.000 euros desde el primer mes, la cuota reducida te obliga a regularizar después y no compensa.

Requisitos de acceso

  • No haber estado de alta en el RETA en los dos años anteriores, salvo excepciones.
  • No ser autónomo societario ni tener una sociedad con actividad.
  • Estar al corriente de pago con la Seguridad Social y Hacienda.
  • No haber sido baja por impago de cuotas sin regularizar.
  • Inscribir la actividad y presentar el alta antes de empezar a facturar.

Las excepciones son importantes. Las mujeres que vuelven a trabajar tras una baja por maternidad, los menores de 30 años y las personas con discapacidad igual o superior al 33% pueden acceder aunque hayan cotizado antes. También los descendientes del titular de un negocio familiar en determinados supuestos.

Ejemplo: si te diste de alta en 2024, causaste baja en 2025 y vuelves en 2026, los dos años de espera no se han cumplido. La Tesorería te denegará la cuota reducida aunque el alta sea correcta.

Duración y prórroga

Son doce meses iniciales. Para los doce siguientes necesitas acreditar rendimientos netos por debajo del SMI y solicitarlo en plazo. Si no lo pides, pasas automáticamente a la cuota por tramos. La prórroga no se concede de oficio: es habitual que el autónomo descubra en la siguiente liquidación que ya está pagando la cuota completa.

Además, la cuota reducida es incompatible con la pluriactividad bonificada y con algunas ayudas autonómicas al emprendimiento. Antes de solicitarla, revisa si la subvención de tu comunidad exige estar en el régimen general o mantener la actividad un mínimo de años.

Compatibilidad con otras situaciones

Puedes compaginar la tarifa plana con un trabajo por cuenta ajena, pero entonces hablamos de pluriactividad y la bonificación cambia. También puedes mantenerla si empiezas con un socio: lo que no puede haber es una sociedad con actividad paralela a tu alta. Y si te acoges a la tarifa plana y después contratas a tu primer empleado, la bonificación por contratación es independiente y compatible.

Qué pasa cuando termina

Al acabar el periodo bonificado, tu cuota se calcula según los rendimientos netos de los últimos meses. Puede subir a 230, 320 o más de 500 euros mensuales. No hay aviso previo: la Tesorería aplica el tramo que corresponda y tú regularizas en la declaración anual. Presupuesta ese salto desde el principio y no te quedes con el primer recibo como referencia. Si el negocio funciona, el incremento de cuota es asumible; si no funciona, la tarifa plana solo retrasó el problema.

Errores frecuentes

  • Creer que dura dos años sin solicitar la prórroga.
  • Darse de alta como sociedad y pedir la tarifa plana.
  • No revisar los rendimientos antes de que acabe el periodo.
  • Olvidar que la base mínima reduce las prestaciones futuras.
  • Compatibilizarla con ayudas que la excluyen.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la tarifa plana si ya fui autónomo hace años?

Solo si han pasado más de dos años desde la baja y no estás en ningún supuesto de exclusión. Las excepciones por edad, discapacidad o maternidad permiten acceder antes.

¿Se pierde la tarifa plana si facturo mucho?

La bonificación se mantiene, pero al regularizar por rendimientos puedes acabar pagando la diferencia. En la práctica, deja de compensar.

¿Cuenta para la jubilación?

Sí, cotizas por la base mínima. Cuenta, pero genera una pensión menor que si cotizaras por una base más alta.

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Última actualización: 26 de diciembre, 2026

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