Muchos autónomos pagan un seguro médico y lo meten en gastos sin mirar. Hacienda no siempre lo acepta: importa a quién cubre, cuánto cuesta y si tiene relación con la actividad. Un error aquí es fácil de detectar y el requerimiento llega por una prima pequeña.
La deducción tiene un límite por persona y no cubre a cualquier familiar. Además, en Sociedades el tratamiento cambia. Antes de incluir la prima en tu contabilidad, comprueba estos puntos y guarda la documentación. Un par de minutos ahora te evitan un disgusto con Hacienda.
Requisito: vínculo con la actividad
El seguro debe ser del propio autónomo, no una póliza general de la familia. Debe estar vinculado a la actividad y la prima tiene que estar pagada por el negocio, con su justificante correspondiente. Sin papeles, no hay gasto ni deducción.
En estimación directa se resta como gasto de la actividad, no como deducción de la cuota. Eso significa que reduce el rendimiento neto y, con ello, la base sobre la que pagas IRPF. Es una diferencia que se confunde a menudo y no es lo mismo deducir que desgravar.
A quién puede cubrir la póliza
Puedes deducir la prima del autónomo, la de su cónyuge y la de los hijos menores de 25 años que convivan con él. También la de hijos con discapacidad, sin ese límite de edad. Fuera de ahí, la prima no entra.
Los padres, hermanos u otros familiares no entran en la deducción, salvo que tengan la consideración de hijos con discapacidad a cargo. Tampoco entra la prima de un empleado, que se trata como retribución en especie. Cada caso tiene su propio circuito.
El límite de 500 euros
La deducción máxima es de 500 euros por persona y año. Si la prima cuesta 700 euros, solo deduces 500. Si cubre a tres personas, el límite se aplica a cada una, no al total de la póliza. El resto se queda fuera de la deducción.
Para personas con discapacidad, el límite sube a 1.500 euros. Necesitas acreditar el grado y que la póliza cubra a esa persona. Sin certificado, Hacienda puede rechazar el exceso. Guarda el documento junto a la factura y comprueba que la prima sea del mismo ejercicio fiscal.
En Sociedades cambia el enfoque
Si tienes una sociedad, el seguro del administrador o del empleado es un gasto de la empresa, pero debe tributar como retribución en especie para la persona. Si no se declara, Hacienda lo considera una liberalidad y la corrección posterior puede salir costosa.
Para el socio que no trabaja en la empresa, la prima suele ser un gasto no deducible o un dividendo encubierto. La clave es que exista una relación laboral o de administración retribuida y documentada. Sin nómina ni acuerdo, el riesgo sube.
Errores al deducir la póliza
Deducir la prima de los padres, meter el seguro de vida en el mismo cajón o incluir la póliza del coche como sanitaria son fallos habituales. También lo es deducir la prima completa cuando supera el límite. Corregirlo después cuesta intereses. Al final, el ajuste llega igual y con recargo.
Antes de declarar, revisa el certificado de la aseguradora, el importe por persona y el parentesco. Si tienes dudas, deja fuera la parte discutible: un gasto pequeño no compensa una revisión. Y menos si afecta a varios años. La prudencia casi siempre sale más barata que discutir.
El límite se aplica por persona cubierta, no por póliza. Una familia de tres puede deducir hasta 1.500 euros si las primas llegan a ese importe.
Preguntas frecuentes
¿Puedo deducir el seguro médico de mis padres?
Con carácter general, no. La deducción cubre al autónomo, su cónyuge y los hijos menores de 25 años o con discapacidad que convivan. Los padres solo entran si cumplen los requisitos de hijo a cargo.
¿Cuánto puedo deducir por el seguro médico?
Hasta 500 euros por persona y año, o 1.500 si tiene discapacidad acreditada. El límite se aplica a cada persona cubierta, no al importe total de la póliza.
¿El seguro médico es deducible en una sociedad?
Puede serlo como gasto de la empresa si el beneficiario es administrador o empleado y se declara como retribución en especie. Si es solo un socio sin actividad, el riesgo de no deducibilidad es alto.