Peritos judiciales: fiscalidad de informes

Presupuesto, retención, IVA, desplazamientos y plazos: cómo facturar y cobrar un informe pericial sin perder margen ni credibilidad.

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Cuando un juzgado te designa perito, el encargo no llega con un precio cerrado. Presentas un presupuesto, el juez lo aprueba o lo corrige y solo entonces sabes cuánto vas a cobrar. Ese trámite exige detalle: horas de estudio, pruebas, desplazamientos y material. Si el presupuesto es una cifra global sin desglose, cualquier reducción te pilla sin argumentos para defender el trabajo.

Esta guía ordena la parte fiscal y la operativa del encargo: cómo se construye el presupuesto por designación, qué pasa con la retención y el IVA según quién pague, y cómo documentar desplazamientos sin romper los plazos procesales. Encontrarás criterios concretos para revisar con tu asesor y una forma de trabajar que aguanta una revisión sin depender de la memoria.

Honorarios por designación y presupuesto

El presupuesto se construye con horas y conceptos, no con una cifra redonda. Desglosa estudio del expediente, visitas, pruebas, redacción y ratificación en juicio, cada uno con su precio. Añade una reserva para aclaraciones y desplazamientos. Cuando el juzgado pida ajustar, podrás recortar partidas concretas en lugar de rebajar el total sin explicación.

El cobro tampoco es inmediato. Con carácter general, los honorarios se abonan cuando la administración de justicia libra la correspondiente partida, y eso puede tardar meses. Si trabajas con varios procedimientos a la vez, lleva un registro por expediente con fecha de presentación del informe, importe aprobado y estado del pago. Sin ese control, pierdes de vista lo que te deben.

  • Presenta presupuesto desglosado por horas, pruebas y desplazamientos.
  • Anota por expediente la fecha del informe y el importe aprobado.
  • Revisa cada mes qué procedimientos siguen pendientes de cobro.

Guarda copia del presupuesto aprobado y de la resolución que fija honorarios; son la base para reclamar si el pago se retrasa.

Retención e IVA en la factura

La factura de un perito judicial no es una factura corriente. Según el destinatario y la naturaleza del encargo, puede llevar retención de IRPF y, en su caso, IVA. Con carácter general, los informes periciales encargados por un juzgado se facturan a la administración correspondiente, y el tratamiento concreto depende de cómo se articule el pago. No copies la plantilla de otro compañero: revisa tu caso.

La retención se calcula sobre la base y se ingresa a cuenta del IRPF, pero solo cuando el pagador está obligado a practicarla. Si facturas a una empresa privada, lo habitual es que la retención aparezca; si facturas a la administración en un procedimiento judicial, el criterio puede ser otro. Marca la casilla correcta en el programa de facturación y no la corrijas a mano cada trimestre.

  • Configura en el software la retención según cada tipo de cliente.
  • Comprueba el desglose de base, IVA y retención en cada factura.
  • No apliques retención por costumbre; confirma si procede.

Antes de emitir la primera factura a un juzgado, confirma con tu asesor si lleva retención e IVA; el criterio cambia según el pagador.

Desplazamientos, dietas y plazos procesales

El trabajo pericial se cobra por lo que haces, pero también por lo que te mueves. Visitar el inmueble, el vehículo o el lugar del siniestro puede suponer varios viajes, y cada uno tiene coste. Factura los desplazamientos como concepto separado con kilómetros o importe cerrado, y guárdalos junto al informe. Si el juzgado te pide justificación, tendrás los datos a mano y no una estimación.

Los plazos son la otra trampa. Un informe fuera de plazo puede costarte los honorarios y, peor, tu credibilidad ante el juzgado. Anota la fecha de notificación, calcula el plazo con días hábiles y pon un aviso interno varios días antes. Si necesitas una prórroga, pídela antes de que venza el plazo y por el cauce que indique el juzgado, no por teléfono.

  • Anota la fecha de notificación y el plazo en la primera hoja.
  • Programa avisos internos con una semana de margen mínimo.
  • Justifica cada desplazamiento con fecha, destino y kilómetros.

Pon un aviso en la agenda una semana antes de cada plazo procesal; un informe tarde puede costarte más que la factura completa.

Preguntas frecuentes

¿Los honorarios de un perito judicial llevan IVA?

Depende del destinatario y del encargo. Con carácter general, la factura al juzgado y la factura a una empresa privada no siempre reciben el mismo tratamiento. Revisa tu caso antes de emitir, comprueba si la operación está sujeta y exenta, y confirma con tu asesor. No apliques el criterio de otro compañero sin comprobar que encaja con tu situación.

¿Cómo facturo los desplazamientos a otro partido judicial?

Como concepto separado, con el importe por kilómetro o una cantidad cerrada por visita, y con el detalle del trayecto en la factura. Si el encargo es judicial, inclúyelo en el presupuesto para que el juzgado lo apruebe. Guarda los justificantes y anota fecha y motivo de cada desplazamiento. Conviene revisar si el desplazamiento comparte el tratamiento de IVA del informe.

¿Qué pasa si el juzgado reduce mi presupuesto?

Puedes presentar alegaciones y justificar las horas y los gastos con detalle. El presupuesto aprobado es la referencia de cobro, así que cuanto mejor esté desglosado, más fácil será defenderlo. Si la reducción es firme, factura el importe aprobado y reclama por los cauces que indique la resolución. Revisa tu caso con un abogado o un asesor antes de recurrir.

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Última actualización: 13 de enero, 2026

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