El sector de la nutrición tiene una particularidad incómoda: dos profesionales con la misma consulta pueden aplicar IVA distinto. No es arbitrario, depende de la titulación, del servicio y de quién contrata. Y el criterio hay que poder explicarlo con papeles, no con opiniones ni con lo que hace el compañero de al lado.
A eso se suma la consulta online, donde el país del cliente importa y la prueba de residencia se vuelve imprescindible. Vamos a ver cómo decidir el criterio, cómo documentarlo y qué gastos puedes deducir cada año sin discusión en una revisión, con criterio y con factura.
Tu titulación decide el IVA de la consulta
No todas las consultas de nutrición tributan igual. La asistencia sanitaria exenta se reserva a profesionales sanitarios en ejercicio; si tu titulación no encaja en ese supuesto, la consulta va con IVA. Antes de decidir, revisa tu situación con un asesor (orientativo) y guarda la respuesta por escrito.
El error clásico es copiar la factura del compañero de al lado. Su titulación, su colegiación y su tipo de cliente pueden ser distintos. El criterio se defiende con documentos, no con costumbre, y conviene revisarlo si amplías servicios o cambias de cliente.
- Comprueba si tu titulación te sitúa como profesional sanitario.
- No copies el criterio de otro despacho sin revisarlo.
- Separa la consulta de los servicios que no son sanitarios.
Consultas online: dónde se grava el servicio
Si atiendes online a un cliente particular en España, el servicio se grava donde está el consumidor y aplicas IVA español cuando corresponda. Si el cliente es una empresa de otro país de la Unión Europea, cambian las reglas y puede entrar la inversión del sujeto pasivo.
Guarda la dirección del cliente, el país y el NIF. Sin esos datos no puedes justificar la localización del servicio ni el IVA aplicado. Es el papel que más se pide en una revisión de servicios digitales y el que más falta cuando llega.
Antes de aceptar clientes de varios países, decide cómo vas a acreditar su residencia. Un correo suelto no basta como prueba ante una revisión.
Dietas, seguimiento y material entregable
La dieta es un documento con valor a efectos fiscales. Si la entregas impresa o en PDF dentro del precio de la consulta, forma parte del servicio. Si vendes un plan alimenticio cerrado sin consulta, puede ser otro producto, con reglas propias de IVA y de garantía.
El seguimiento mensual, las revisiones y los ajustes son horas de trabajo. Factúralos como concepto propio o inclúyelos en un precio claro. Regalar revisiones sin límite destroza tu margen y confunde al cliente sobre lo que ha comprado y lo que no está incluido.
Publicidad y promesas que no puedes hacer
La publicidad de servicios sanitarios tiene límites. No puedes prometer resultados garantizados ni usar testimonios que induzcan a error. Tampoco conviene anunciar curas para patologías concretas sin base que las respalde, ni compararte con otros profesionales, sobre todo en redes sociales.
Revisa tus redes y tu web una vez al año. Una frase antigua puede seguir publicada y generar una reclamación. Si haces colaboraciones, exige que el mensaje respete las mismas reglas y pide ver el contenido antes de que se publique.
Gastos, formación y seguro
Ordenador, software de dietas, báscula profesional, formación y colegiación son gastos de la actividad. La formación relacionada con tu servicio es deducible; la que no tiene relación, no. Guarda el programa del curso junto a la factura por si te la piden.
El seguro de responsabilidad civil no es obligatorio en todos los casos, pero muchos clientes y plataformas lo piden. Si lo contratas, es gasto deducible y te cubre frente a una reclamación por el plan entregado o por una recomendación concreta.
Preguntas frecuentes
¿Las consultas de nutrición llevan IVA?
Depende de si prestas asistencia sanitaria como profesional sanitario. En ese caso la consulta puede estar exenta; si no encajas en ese supuesto, tributa. Confirma tu situación antes de emitir la primera factura (orientativo).
¿Cómo facturo a un cliente de otro país?
Si es particular, se aplican las reglas del país del consumidor y puede hacer falta registrarse allí. Si es empresa de la Unión Europea, suele aplicarse inversión del sujeto pasivo. Documenta país y NIF en cada factura.
¿Puedo deducir cursos y formación?
Sí, cuando tienen relación directa con la actividad y puedes acreditarlo con factura y programa. La formación sin vínculo con tu servicio no se deduce. Anota el motivo del curso en tu registro de gastos.