Modelo 604: Impuesto sobre Transmisiones Financieras

Comprar acciones españolas cotizadas tiene un impuesto propio: el ITF. El Modelo 604 declara cada adquisición y se presenta mes a mes, aunque la compra la haga un particular.

• 7 min de lectura • Impuestos

El Impuesto sobre las Transmisiones Financieras grava la adquisición onerosa de acciones representativas del capital social de sociedades españolas cotizadas. No es un impuesto sobre las plusvalías: se paga por comprar, aunque después vendas con pérdidas.

El Modelo 604 es la autoliquidación mensual. La base es la contraprestación de la compra, sin gastos, y el tipo general es del 0,2 %. Aquí tienes quién lo paga, qué operaciones quedan fuera y los errores que más se repiten.

Qué grava exactamente el ITF

El hecho imponible es la adquisición onerosa de acciones de sociedades españolas admitidas a negociación en un mercado regulado, español o de otro Estado de la Unión Europea, siempre que la sociedad tenga domicilio social en España.

La base imponible es el importe de la contraprestación pactada, sin incluir comisiones, cánones ni gastos de la operación. El tipo general es el 0,2 %, aunque conviene confirmar el tipo vigente y las posibles modificaciones normativas antes de calcular la cuota.

Quedan fuera las ventas, las ampliaciones de capital, las transmisiones de participaciones no cotizadas y las operaciones sobre otros instrumentos financieros. El impuesto se devenga en el momento de la adquisición, no cuando se liquida la operación.

  • Acciones cotizadas de sociedades españolas.
  • Compra onerosa, no permuta ni donación.
  • Base: contraprestación sin comisiones.
  • Tipo orientativo: 0,2 %.

Quién paga y qué operaciones están exentas

El contribuyente es el adquirente de las acciones, es decir, quien compra. Si la compra la ordena un intermediario, suele ser este quien presenta la autoliquidación y repercute el impuesto, pero la obligación material recae en el comprador.

La ley prevé exenciones para determinadas operaciones: adquisiciones en el mercado primario para financiar a la sociedad, operaciones de creación de mercado, estabilización y otras contempladas en la normativa. También hay reglas específicas para entidades del mismo grupo.

Las exenciones son tasadas. Si compras acciones por tu cuenta en el mercado secundario, lo normal es que el ITF se aplique, aunque seas un particular o un autónomo que invierte sus ahorros.

No confundas el ITF con el IRPF de las plusvalías: el ITF se paga al comprar acciones cotizadas, aunque luego vendas con pérdidas.

Cálculo y presentación del Modelo 604

La cuota se calcula multiplicando la base imponible por el tipo aplicable. Si compras 10.000 € en acciones cotizadas, con un tipo del 0,2 % la cuota sería de 20 €. Conserva el justificante de la operación y el detalle de la contraprestación.

El Modelo 604 se presenta por vía electrónica con certificado digital o clave electrónica. El plazo general es durante los veinte primeros días naturales del mes siguiente al de la adquisición, aunque conviene verificar el calendario publicado por la AEAT.

La autoliquidación se presenta aunque no haya cuota si existe una operación sujeta no exenta. Si varias compras del mes comparten régimen, se acumulan en la misma declaración.

Errores habituales al declarar el ITF

El error más común es incluir las ventas o declarar la plusvalía obtenida. El ITF solo grava la adquisición: vender acciones no genera Modelo 604, sino una ganancia o pérdida patrimonial en IRPF.

También se falla al meter comisiones en la base o al olvidar operaciones pequeñas. Aunque el importe sea reducido, la obligación existe. Y si actúas como intermediario, no confundas la repercusión al cliente con tu propia autoliquidación.

  • Declarar ventas en lugar de compras.
  • Incluir comisiones y gastos en la base.
  • Omitir compras pequeñas del mes.
  • Confundir la retención al cliente con el ITF.

Preguntas frecuentes

¿El Modelo 604 lo paga el comprador o el vendedor?

Lo paga el adquirente, es decir, el comprador. El intermediario puede presentar la autoliquidación y repercutir el importe, pero la obligación recae en quien compra las acciones.

¿Se paga ITF al vender acciones?

No. El impuesto grava la adquisición onerosa, no la venta. La venta tributa, si procede, como ganancia o pérdida patrimonial en IRPF, no con el Modelo 604.

¿Cuándo se presenta el Modelo 604?

Con carácter general, en los veinte primeros días naturales del mes siguiente a la adquisición. Confirma el calendario vigente y el canal electrónico en la sede de la AEAT.

Lleva tu facturación al día

Pochit guarda tus facturas y gastos para que no pierdas tiempo ni deducciones. Gratis ahora; después, menos de 10€/mes (IVA incluido).

Empezar gratis

Última actualización: 30 de junio, 2025

Información orientativa; revisa la normativa vigente y tu caso concreto.