La ley de morosidad fija plazos máximos de pago entre empresas y regula los intereses de demora. No impide negociar condiciones, pero sí anula los pactos que abusan del proveedor y alargan el cobro sin justificación. Y sirve para poner límite a los abusos más habituales.
Conocer los plazos y los recargos te permite reclamar sin miedo y también negociar mejor. Aquí tienes qué es legal, qué no y cómo actuar cuando un cliente se retrasa mes tras mes sin dar explicaciones. Y te da argumentos para negociar condiciones desde el principio.
Plazos legales de pago entre empresas
Con carácter general, el plazo máximo es de 60 días desde la entrega o desde la emisión de la factura, y muchas operaciones se sitúan en 30 días. Los pactos pueden ampliarlo, pero con límites y con condiciones estrictas. Y revisa la fecha de la factura, no la del pedido.
En productos de alimentación o perecederos los plazos son más cortos. Revisa tu sector y tu contrato: un plazo abusivo puede ser nulo y convertirse en el máximo legal, con intereses desde el vencimiento real. Y aplica el plazo más corto que resulte exigible.
Intereses de demora e indemnización
Si el cliente paga tarde, se devengan intereses de demora automáticamente, sin necesidad de pacto expreso. Se calculan sobre el importe y el tiempo de retraso, con un tipo de referencia publicado por la administración. Y no hace falta reclamar antes para que empiecen a correr.
Además puedes reclamar una indemnización fija por costes de cobro, que no exige justificar el daño. Suma ambos conceptos en la reclamación y en la factura siguiente para que quede constancia desde el primer día. Y documenta la fecha de cada reclamación enviada.
Cláusulas nulas y acuerdos
Son nulas las cláusulas que fijan plazos superiores al máximo legal o que eliminan los intereses de demora. También las que obligan al proveedor a renunciar a reclamar o a asumir los costes de financiación del cliente. Y no firmes un contrato con plazos que no puedas cumplir.
Si firmaste condiciones abusivas, no estás atado a ellas. Puedes reclamar la diferencia con base en la normativa, aunque conviene hacerlo por escrito y con un cálculo detallado de intereses para que la reclamación sea creíble. Y adjunta el cálculo con el tipo aplicado y los días.
Cómo reclamar y efecto en tesorería
Empieza con un requerimiento escrito, claro y con plazos. Adjunta facturas, albaranes y un cálculo de intereses, y fija una fecha límite antes de acudir al monitorio. Si el cliente es grande, envía copia a compras y administración. Y guarda el acuse de cada envío como prueba.
Cada día de retraso cuesta dinero: financiación, descubiertos o retrasos en tus propios pagos. Mide el plazo medio de cobro y compáralo con el de pago para saber cuántos días de caja necesitas de verdad. Y revisa ese dato cada trimestre, no una vez al año.
Si el desfase es estructural, negocia anticipos, descuentos por pronto pago o acorta plazos en los contratos nuevos. Reclamar sirve, pero prevenir el desfase es lo que evita el problema de raíz. Y no esperes a que el desfase te obligue a pedir financiación.
- Requerimiento por escrito con acuse de recibo.
- Cálculo de intereses y de la indemnización fija.
- Plazo límite y aviso de reclamación judicial.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pactar 120 días de pago?
Con carácter general no, porque supera el máximo legal. Ese pacto puede considerarse nulo y aplicarse el plazo legal. Revisa las excepciones de tu sector antes de firmar.
¿Cuándo puedo reclamar los intereses?
Desde el día siguiente al vencimiento, sin necesidad de requerimiento previo. Calcula el importe con el tipo vigente y reclámalo por escrito junto con la indemnización por costes de cobro.
¿Sirve de algo reclamar a un cliente grande?
Sí, y conviene hacerlo por escrito. Muchas empresas pagan antes cuando reciben un cálculo de intereses. Si ignoran la reclamación, valora el monitorio o la vía judicial.