Impuesto de Sociedades para autónomos societarios

Llevas años facturando como autónomo y te planteas crear una SL. Antes de firmar la escritura conviene entender qué paga la sociedad y qué pagas tú después.

• 7 min de lectura • Impuestos

Como autónomo tributas por el beneficio de tu actividad en IRPF. Como socio de una sociedad limitada, la empresa paga Impuesto de Sociedades y tú tributas después por el sueldo y por los dividendos que repartes. La diferencia importa cuando llega el momento de repartir beneficio.

Ese doble nivel cambia por completo los números. No es solo un tipo distinto: hay gastos que se deducen, ajustes que se aplican y una estructura con costes fijos. Aquí tienes las cuentas básicas antes de decidir y qué gastos puedes deducir en cada caso.

Dos impuestos con lógicas distintas

En IRPF, el beneficio de la actividad se integra en la base general y tributa por tramos, con tipos que suben conforme ganas más. En Sociedades, la sociedad tributa por su resultado y el socio tributa aparte por lo que extrae. Son dos momentos fiscales distintos y hay que planificar los dos.

Por eso una SL no es automáticamente más barata: puede serlo si reinviertes beneficio o si tu tramo de IRPF es alto, pero también puede salir más cara por gestoría, cuentas anuales y obligaciones formales que antes no tenías. Haz la comparación con tu cifra real, no con la de un conocido.

Del resultado contable a la base imponible

El punto de partida es el resultado contable: ingresos menos gastos con criterio de devengo. A esa cifra se le aplican ajustes extracontables por gastos no deducibles, amortizaciones distintas de las fiscales, provisiones y sanciones. Sin esos ajustes, el modelo 200 sale mal aunque la contabilidad esté perfecta.

Un gasto contable puede no ser fiscalmente deducible, y al contrario. Por eso el modelo 200 no se rellena copiando el resultado del ejercicio: hay que revisar cada partida y documentar el ajuste con su justificación. Un ajuste sin papel es una discusión abierta con Hacienda.

  • Gastos no deducibles: sanciones, multas y atenciones sin justificar.
  • Amortizaciones contables frente a las fiscalmente admitidas.
  • Provisiones y deterioros con límites específicos.
  • Operaciones vinculadas con el socio o con empresas del grupo.

Tipos y pagos fraccionados

El tipo general es el 25 %, con tipos reducidos para empresas de reducida dimensión. Durante el año se presentan pagos fraccionados con el modelo 202, a cuenta de la liquidación final que se presenta en julio. Si no los calculas bien, la factura de julio llega con sorpresa.

Si el resultado cambia mucho de un trimestre a otro, revisa la modalidad de pago fraccionado que estás usando. Ajustar a tiempo evita tener que pedir un aplazamiento en verano o quedarte sin tesorería para la nómina. Anticipa el pago como si fuera una nómina más.

Sueldo, dividendos y gastos del socio

El sueldo del administrador es gasto deducible si está aprobado y corresponde a funciones reales. Los dividendos no son gasto: se pagan con beneficio después de impuestos y tributan en el socio conforme a su escala de ahorro. Elegir una vía u otra cambia el coste total.

Mezclar la cuenta del socio con la de la empresa es el error más caro. Una retirada sin justificar puede acabar calificada como retribución encubierta o como préstamo, con recargos e intereses que nadie había presupuestado. Documenta cada salida con su título jurídico.

Pasar a SL no reduce la factura fiscal por sí solo. Suma gestoría, cuentas anuales, Impuesto de Sociedades y coste de la estructura antes de decidir.

Cuándo compensa dar el salto

La SL suele tener sentido cuando el beneficio supera de forma estable los 40.000 o 50.000 euros y quieres reinvertir, limitar responsabilidad o separar patrimonios. Por debajo de esa cifra, el coste fijo puede comerse la ventaja fiscal. Calcula el punto de equilibrio con tus propios gastos.

Haz números con tres escenarios: sueldo alto, dividendo y reinversión total. Lo que funciona en un año bueno puede no funcionar en uno malo, y deshacer una sociedad también cuesta tiempo, dinero y explicaciones. Revisa el escenario cada dos ejercicios.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cambiar de IRPF a Sociedades a mitad de año?

No. El cambio implica constituir la sociedad y dar de baja la actividad como autónomo. La fecha de efectos marca el reparto de ingresos entre ambos regímenes.

¿El sueldo del socio es obligatorio?

No, pero si no hay sueldo ni dividendos, la estructura no retribuye al socio. Y si hay sueldo, debe estar aprobado y ser razonable respecto al trabajo realizado.

¿Los dividendos pagan IVA?

No. Repartir dividendos no es una operación sujeta a IVA; tributa en el IRPF del socio, con la retención que corresponda según la normativa vigente.

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Última actualización: 28 de julio, 2026

Información orientativa; revisa la normativa vigente y tu caso concreto.