El cerrajero trabaja casi siempre en urgencia, sin oficina y con el cliente delante. Eso complica el papeleo: facturas emitidas de madrugada, cobros en efectivo y desplazamientos que nadie apunta. Si ordenas ese flujo desde el primer servicio, el trimestre se cierra casi solo y sin sorpresas.
La clave está en separar tres cosas: la apertura, el material que instalas y el desplazamiento. Cada una se justifica de forma distinta y tiene su tratamiento en IVA. Aquí tienes cómo facturarlo sin sustos y qué conviene guardar cuando Hacienda pregunte por una urgencia.
IVA en aperturas de urgencia
Abrir una puerta es un servicio y lleva el IVA que corresponda a tu actividad, sin tarifa especial por ser de noche ni por ser urgente. El tipo no cambia con la hora: cambia el importe y, con él, la cuota. Si aplicas un recargo nocturno, descríbelo como concepto propio en la factura.
Separa siempre tres líneas: apertura, materiales instalados y desplazamiento. Cada una se justifica de forma distinta y el cliente entiende mejor el total. Un presupuesto por teléfono con el precio cerrado evita discusiones cuando llegas y ves que el bombín está roto.
- La apertura simple y el cambio de bombín van en líneas separadas.
- El recargo nocturno se describe como concepto, no como tipo de IVA distinto.
- Los materiales se detallan con precio unitario y cantidad.
Cobrar sin factura porque el cliente paga en efectivo es la vía rápida a un problema. Emite siempre, aunque sea simplificada, y guarda el justificante del servicio y del pago.
Desplazamientos y vehículo
El coche o la moto son herramientas de trabajo. Puedes deducir gastos si los justificas y si el uso en la actividad es real, con cautelas cuando el vehículo también sirve para uso personal. La deducción no es automática: se prueba con registros y con criterio.
Lleva un registro sencillo por servicio con fecha, dirección, kilómetros y motivo. Una hoja de cálculo bien mantenida basta. Sin ese registro, combustible, peajes y mantenimiento se discuten con facilidad en una comprobación, sobre todo si haces muchas salidas al mes.
- Apunta cada salida el mismo día, no a fin de mes.
- Guarda los tickets de combustible y peajes junto al servicio correspondiente.
Garantías y responsabilidad
Cuando instalas un bombín, una cerradura o un sistema de seguridad, respondes de lo que vendes. Conviene entregar una garantía por escrito con plazo, alcance y exclusiones: por ejemplo, una apertura forzada posterior por un tercero o un intento de manipulación.
Distingue la garantía del fabricante de tu propia garantía de instalación. Si el cliente llama a los dos meses porque la cerradura se ha agarrotado, saber qué cubres y qué cobras evita el conflicto y las horas gratis de madrugada.
- Entrega la garantía en papel o en PDF, nunca solo de palabra.
- Anota la fecha de instalación y el modelo en tu archivo de cliente.
Cobros en efectivo y caja
Muchas urgencias se cobran en efectivo y sin pasar por terminal. Ese dinero debe entrar en la caja del negocio, no en el bolsillo sin registro. Anota cada cobro el mismo día, cruza la suma con las facturas emitidas y compara el resultado con los movimientos del banco.
Si trabajas con aseguradoras o con comunidades, prepara una cuenta separada para esos cobros. Mezclar caja particular y negocio complica el cierre, dispara los errores en el modelo trimestral de IVA y hace imposible saber si ganas dinero de verdad, incluso en un mes bueno de urgencias.
- Cuadra la caja cada semana, no solo al final del trimestre.
- Un cobro sin factura es un ingreso sin respaldo documental.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar la urgencia sin hacer factura?
No. Debes emitir factura, simplificada si el importe y el destinatario lo permiten, y conservar el justificante. El cobro en efectivo no exime de declarar el ingreso ni de repercutir el IVA que corresponda.
¿El recargo por servicio nocturno lleva más IVA?
No. El recargo forma parte del precio del servicio y tributa al mismo tipo que la apertura. Lo que sube es la base, no el porcentaje. Descríbelo en la factura para que el cliente vea por qué paga más.
¿Qué gastos del vehículo puedo deducir?
Combustible, mantenimiento, seguro y amortización en la parte afecta a la actividad, siempre con registro de desplazamientos. Si el coche tiene uso personal, aplica un criterio razonable y documéntalo. La deducción total sin prueba es discutible.