La cuota de autónomos financia un paquete de prestaciones que va mucho más allá de la jubilación. Incapacidad temporal, maternidad, cese de actividad o muerte y supervivencia son algunas de ellas. Cada una tiene requisitos, periodos y cuantías que conviene conocer antes de necesitarlas. Y no todas se piden igual ni en el mismo momento del año.
El problema es que muchas se descubren cuando ya no hay margen. Conocer qué cubre tu cotización y qué no te permite decidir si necesitas un seguro complementario o una base más alta. Esa revisión se hace una vez al año, no cuando ya no hay margen.
Qué cubre la cuota
La cotización por contingencias comunes cubre jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad. La de contingencias profesionales añade accidentes de trabajo y enfermedad profesional, con coberturas extra. La cobertura por cese, por ejemplo, no está incluida en todas las modalidades.
El cese de actividad se financia con una cotización específica y no está incluido en todas las tarifas reducidas. Comprueba en tu recibo qué conceptos pagas antes de contar con una prestación que igual no tienes. Y si no la pagas, no la tienes por muchos años que lleves de alta.
Incapacidad temporal: qué cobras
Cubre el tiempo en que no puedes trabajar por enfermedad o accidente. La cuantía depende de la base reguladora y del día de la baja: los primeros días se cobran menos o nada, y a partir del vigésimo primero sube el porcentaje hasta el 75 %.
La gestiona la mutua y exige parte de baja y partes de confirmación. Si la actividad sigue facturando mientras estás de baja, puedes tener un problema serio cuando la mutua lo detecte. Revisa el parte antes de firmar y guarda copia de cada confirmación.
Maternidad, paternidad y lactancia
La prestación por nacimiento y cuidado del menor cubre las semanas de permiso y exige un periodo mínimo de cotización, que varía con la edad. Se puede disfrutar a tiempo completo o parcial en algunos supuestos, con reglas de acumulación.
El riesgo durante el embarazo y la lactancia natural protege cuando la actividad es incompatible con la situación. Requiere informe médico y reconocimiento por la mutua, y la cuantía llega al 100 % de la base. Si el embarazo coincide con tu temporada alta, avisa pronto a los clientes.
Cese de actividad
Es el paro del autónomo. Exige cotización previa y un cese por causas económicas, fuerza mayor o pérdida de licencia, entre otras. La duración depende de lo cotizado y la cuantía de la base reguladora. Y no se cobra si el cese llega por jubilación o por decisión propia.
No cubre el cierre voluntario sin causa justificada ni el abandono por decisión propia. Si estás pensando en cerrar, revisa antes si el motivo encaja en alguno de los supuestos legales. La documentación del cese decide si cobras o si te quedas sin nada.
Jubilación e incapacidad permanente
La jubilación exige edad y cotización, con coeficientes reductores si te adelantas. Los autónomos con bases bajas suelen llegar con pensiones modestas, así que la planificación cuenta más que en cualquier otro colectivo. Con 20 años cotizados y bases mínimas, la pensión se queda corta.
La incapacidad permanente cubre la pérdida de capacidad para trabajar y tiene cuatro grados. La compatibilidad con seguir facturando depende del grado reconocido y de la revisión posterior. Y si el grado se revisa a la baja, la prestación se ajusta al mes siguiente.
Muerte y supervivencia
Cubre viudedad, orfandad y auxilio por defunción, con requisitos de cotización y convivencia. Es la prestación que menos se planifica y la que más alivia a una familia que se queda sin ingresos de golpe. Requiere que el fallecido hubiera cotizado el periodo mínimo exigido.
Si tu pareja depende de tu actividad, revisa la base de cotización y valora un seguro de vida. La prestación pública cubre lo básico, no el negocio ni las deudas pendientes. Y revisa la base: una base mínima deja una viudedad muy ajustada.
Preguntas frecuentes
¿El cese de actividad está incluido en la tarifa plana?
No siempre. Algunas reducciones excluyen la cotización por cese de actividad. Mira el detalle de tu recibo o pregunta a tu mutua antes de contar con esa prestación para tu negocio.
¿Puedo cobrar la incapacidad temporal y facturar?
No deberías facturar mientras estás de baja por incapacidad temporal. Si la actividad continúa, la mutua puede revisar la prestación y reclamar lo abonado con intereses.
¿Cuánto cotiza un autónomo para la jubilación?
Depende de la base elegida. Bases bajas reducen la cuota y también la pensión futura; la simulación de la Seguridad Social da una orientación útil antes de decidir.