Modelo 840: IAE y alta de actividad

Darse de alta no termina en Hacienda con el 036. El IAE tiene su propio trámite, y el 840 es la pieza que muchos autónomos descubren tarde.

• 7 min de lectura • Impuestos

El Modelo 840 es la declaración de alta, variación o baja en el Impuesto sobre Actividades Económicas. Sirve para comunicar qué actividad ejerces y con qué epígrafe, y para liquidar la cuota cuando no estás exento. No es el alta censal: esa se hace con el 036 o el 037.

Muchos autónomos no llegan a pagar este impuesto porque están exentos, pero la comunicación sigue importando. Un epígrafe mal elegido afecta a la cuota, a las obligaciones de IVA y a la imagen de tu actividad. Aquí verás cómo se clasifica, cuándo estás exento y qué plazos manejar.

Qué declara el 840

Declara la actividad económica y el epígrafe con el que la ejerces. El epígrafe no es un adorno: determina la cuota, el módulo si tributas por módulos y hasta el convenio colectivo que puede aplicarte. Se elige por la actividad real, no por la que suene mejor en la web.

El modelo se presenta al iniciar la actividad, al modificarla o al cesar. También cuando dejas de estar exento o pasas a estarlo. Cada movimiento tiene su plazo, casi siempre de un mes. Si abres un segundo local o cambias de ubicación, también hay que comunicarlo con el mismo trámite. Si cambias de actividad sin avisar, el epígrafe antiguo sigue generando obligaciones.

Elegir epígrafe sin equivocarse

La clasificación separa actividades empresariales, profesionales y artísticas. Una actividad puede encajar en varios epígrafes, y entonces se elige el que mejor describa el servicio principal. Documenta el criterio: si Hacienda pregunta, una nota con la razón ayuda más que una respuesta improvisada. Guarda esa nota junto al alta y actualízala si cambia tu actividad principal.

Cambiar de epígrafe no es gratis en tiempo: implica presentar variación y revisar las obligaciones asociadas. Si tu actividad evoluciona, revisa el encaje una vez al año. Un epígrafe desfasado puede llevarte a pagar cuotas que no tocan o a no pagar las que sí corresponden.

Exenciones que conviene conocer

Las personas físicas están exentas del impuesto, y también las sociedades con cifra de negocios por debajo del umbral legal, con carácter orientativo un millón de euros. La exención no elimina la obligación de comunicar altas y variaciones cuando corresponda.

Hay exenciones temporales para quien inicia actividad y otras ligadas a determinadas entidades. Cuando la cifra de negocios supera el umbral durante varios ejercicios, la exención deja de aplicar y toca regularizar. Ese cambio se comunica en diciembre del año anterior, según el supuesto. Si superas el umbral un año, revisa el anterior antes de dar por hecha la exención.

  • Las personas físicas no liquidan cuota del impuesto.
  • Las sociedades por debajo del umbral quedan exentas.
  • La exención no elimina las comunicaciones de alta y variación.

Cuotas y plazos de presentación

Si no estás exento, la cuota sale de las tarifas del epígrafe, ajustada por coeficientes y, en algunos municipios, con un recargo provincial. Los importes son orientativos y varían cada año. La liquidación se presenta en los plazos que fija la ordenanza y suele coincidir con el periodo voluntario. Comprueba el importe y el epígrafe antes de domiciliar el recibo del ejercicio.

Para el alta por inicio de actividad hay un mes desde el comienzo. Las variaciones, un mes desde el cambio. Las bajas por cese, un mes desde el cese. Y los cambios de exención, en diciembre del ejercicio anterior. Apunta estas fechas al calendario junto al 036 y al 037.

Preguntas frecuentes

¿Un autónomo exento debe presentar el 840?

Si estás exento por ser persona física, no liquidas cuota, pero sí debes comunicar altas y variaciones cuando cambias de actividad o de local. Muchas altas se resuelven con el 036 o el 037; el 840 aparece en los casos que exige la norma.

¿Qué pasa si me equivoco de epígrafe?

Puedes presentar una variación para corregirlo. Si la diferencia afecta a cuotas ya liquidadas, puede tocar regularizar con recargo o solicitar devolución. Cuanto antes lo corrijas, menor es el impacto en IVA y en módulos.

¿La cuota del IAE se paga todos los años?

Sí, si no estás exento. La liquidación se gestiona con el ayuntamiento o la administración competente según el caso, y suele coincidir con el periodo voluntario que fija la ordenanza. Revisa el recibo y el epígrafe en cada ejercicio.

Lleva tu facturación al día

Pochit guarda tus facturas y gastos para que no pierdas tiempo ni deducciones. Gratis ahora; después, menos de 10€/mes (IVA incluido).

Empezar gratis

Última actualización: 4 de julio, 2025

Información orientativa; revisa la normativa vigente y tu caso concreto.