IVA al vender un vehículo de empresa

Cómo tributa el IVA al vender un vehículo de empresa: régimen especial de bienes usados, deducción previa y compras a particulares.

• 7 min de lectura • Impuestos

Vendes la furgoneta o el coche que usaba tu empresa y llega la pregunta: tengo que emitir factura con IVA. La respuesta depende de cómo compraste el vehículo, de si te dedujiste la cuota y de si aplicas el régimen especial de bienes usados. Vender sin pensar puede costarte una regularización meses después, y una factura mal emitida viaja al comprador y a tu contabilidad.

Aquí verás cuándo la venta lleva IVA, cómo funciona el régimen especial de bienes usados, qué pasa si no dedujiste la cuota en su día y cómo se vende un vehículo que compró un particular a la empresa. Al final tendrás criterios para revisar tu caso con tu asesor antes de cerrar la operación y para no improvisar la factura el día de la entrega.

Qué régimen aplica a la venta

Si la empresa compró el vehículo con IVA deducible, la venta es una entrega sujeta que se factura con cuota. Si se compró sin deducción, por ejemplo a un particular, puede aplicarse el régimen especial de bienes usados, que calcula el IVA sobre el margen. No es una opción libre: depende de las condiciones de la compra y del uso que hayas dado al vehículo.

En el régimen especial, la factura no desglosa cuota por el total, sino que la cuota se determina sobre la diferencia entre venta y compra. El comprador no puede deducir esa cuota como si fuera una entrega normal. Revisa tu caso: si no se cumplen los requisitos, la operación tributa por el régimen general y la cuota se calcula sobre el precio.

Deducción y regularización previa

Antes de vender, mira cómo se declaró la compra. Si dedujiste la cuota íntegra, la venta tributa con IVA sin discusión. Si la deducción fue parcial por uso mixto, hay que revisar si procede regularizar la parte no deducida antes de cerrar la operación. Ese paso previo evita que la venta parezca una entrega sin cuota mal documentada.

Guarda la factura de compra, el contrato y el detalle del uso del vehículo. Si el coche se usó también para fines privados, documenta el porcentaje aplicado y el criterio seguido. Un expediente ordenado evita discusiones cuando la inspección pregunta por qué la venta se facturó de una forma concreta y no de otra. La trazabilidad vale más que cualquier explicación improvisada después.

  • Factura de compra del vehículo con la cuota soportada
  • Porcentaje de uso profesional y criterio de deducción
  • Kilometraje y estado del vehículo en el momento de la venta

Vehículos comprados a particulares

Cuando la empresa adquiere el vehículo a un particular, no soporta IVA y no puede deducir nada. Al revenderlo, el régimen especial de bienes usados evita gravar todo el precio y calcula la cuota sobre el margen. Ese margen debe quedar documentado en la factura con las menciones que exige la norma y con el precio de compra acreditado.

Si vendes a otro empresario, este no deducirá la cuota del régimen especial, así que conviene avisarle antes de cerrar. Si vendes a un particular, la factura debe ser clara sobre el importe y el régimen aplicado. Incluye matrícula, bastidor y fecha de la operación para que la venta quede trazable en tu contabilidad. Así podrás justificar el margen y el régimen aplicado sin depender de papeles sueltos.

Antes de anunciar el coche, comprueba cómo lo compraste: ese dato decide el IVA de toda la venta y de la factura que emitirás.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que emitir factura con IVA si vendo el coche de la empresa?

Depende de cómo lo adquiriste. Si te dedujiste la cuota de la compra, la venta se factura con IVA. Si lo compraste a un particular sin IVA, puede aplicarse el régimen especial de bienes usados. Revisa la factura de compra y tu caso concreto antes de emitir la factura de venta.

¿Qué es el régimen especial de bienes usados?

Es un régimen que calcula el IVA sobre el margen de la reventa, no sobre el precio total, cuando el vehículo se adquirió en condiciones que lo permiten. La factura refleja ese cálculo con las menciones legalmente exigidas. No se elige libremente: debe cumplir los requisitos y estar bien documentado.

¿Puedo vender el vehículo sin IVA a un particular?

Solo si la operación encaja en el régimen especial o en otro supuesto de no sujeción. No basta con que el comprador sea particular. Si la venta está sujeta y no aplicas el régimen especial, debes repercutir la cuota. Revisa tu caso con tu asesor antes de firmar la venta.

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Última actualización: 17 de mayo, 2026

Información orientativa; revisa la normativa vigente y tu caso concreto.