La declaración anual de la renta es donde se regulariza el IRPF. Si has ido pagando el Modelo 130, esos pagos se descuentan. Si has pagado de más, te devuelven; si de menos, completas la diferencia.
Cuándo se presenta
La campaña de la renta suele abrir en abril y cerrar en junio del año siguiente al que declaras. Las fechas exactas se publican cada año; no las des por hechas.
Ingresos que entran en el 100
- Facturación de la actividad (sin IVA, que no es ingreso tuyo).
- Subvenciones y ayudas sujetas a IRPF.
- Rendimientos de alquileres, si los tienes.
- Rendimientos del capital mobiliario (intereses, dividendos).
- Ganancias patrimoniales por ventas o inversiones.
Gastos deducibles: los que más se olvidan
- Cuota de autónomos y seguros vinculados a la actividad.
- Suministros del local o de la vivienda afecta, con criterio razonable.
- Software, material y servicios profesionales.
- Formación relacionada con la actividad.
- Amortización de ordenadores, mobiliario o vehículos afectos.
- Dietas y manutención con justificante y límites legales.
Cada gasto debe estar vinculado a la actividad, justificado y registrado. Si no puedes demostrarlo, no lo incluyas.
Truco: cierra el año con el libro de gastos cuadrado. Reconstruir tickets en junio es la forma más rápida de perder deducciones.
Reducciones y deducciones
- Reducción por rendimientos del trabajo en estimación directa, si cumples requisitos.
- Mínimo personal y familiar.
- Deducciones por vivienda, familia o actividad, según tu caso.
- Deducciones autonómicas: revisa las de tu comunidad.
- Retenciones e ingresos a cuenta ya soportados.
Errores habituales
- Incluir el IVA repercutido como ingreso.
- No restar los pagos fraccionados del 130.
- Deducir gastos personales como si fueran del negocio.
- Olvidar retenciones de facturas o alquileres.
- Presentar sin revisar el borrador cuando hay actividad.
Preguntas frecuentes
¿Estoy obligado a presentar el 100?
Con actividad económica, con carácter general sí, aunque el resultado sea cero o a devolver. Revisa los umbrales y tu situación.
¿Puedo corregir una declaración ya presentada?
Sí, mediante una declaración complementaria o rectificativa según el caso.
¿El borrador me vale si soy autónomo?
El borrador no siempre incorpora bien los datos de actividad. Revísalo o confecciona la declaración con tus libros.