Declaración de IRPF del autónomo: Modelo 100 paso a paso

El 130 es el adelanto; el 100 es la foto final del año. Aquí tienes qué revisar, qué puedes deducir y cómo llegar sin sorpresas.

• 10 min de lectura • Impuestos

La declaración anual de la renta es donde se regulariza el IRPF. Si has ido pagando el Modelo 130, esos pagos se descuentan. Si has pagado de más, te devuelven; si de menos, completas la diferencia.

Cuándo se presenta

La campaña de la renta suele abrir en abril y cerrar en junio del año siguiente al que declaras. Las fechas exactas se publican cada año; no las des por hechas.

Ingresos que entran en el 100

  • Facturación de la actividad (sin IVA, que no es ingreso tuyo).
  • Subvenciones y ayudas sujetas a IRPF.
  • Rendimientos de alquileres, si los tienes.
  • Rendimientos del capital mobiliario (intereses, dividendos).
  • Ganancias patrimoniales por ventas o inversiones.

Gastos deducibles: los que más se olvidan

  • Cuota de autónomos y seguros vinculados a la actividad.
  • Suministros del local o de la vivienda afecta, con criterio razonable.
  • Software, material y servicios profesionales.
  • Formación relacionada con la actividad.
  • Amortización de ordenadores, mobiliario o vehículos afectos.
  • Dietas y manutención con justificante y límites legales.

Cada gasto debe estar vinculado a la actividad, justificado y registrado. Si no puedes demostrarlo, no lo incluyas.

Truco: cierra el año con el libro de gastos cuadrado. Reconstruir tickets en junio es la forma más rápida de perder deducciones.

Reducciones y deducciones

  • Reducción por rendimientos del trabajo en estimación directa, si cumples requisitos.
  • Mínimo personal y familiar.
  • Deducciones por vivienda, familia o actividad, según tu caso.
  • Deducciones autonómicas: revisa las de tu comunidad.
  • Retenciones e ingresos a cuenta ya soportados.

Errores habituales

  • Incluir el IVA repercutido como ingreso.
  • No restar los pagos fraccionados del 130.
  • Deducir gastos personales como si fueran del negocio.
  • Olvidar retenciones de facturas o alquileres.
  • Presentar sin revisar el borrador cuando hay actividad.

Preguntas frecuentes

¿Estoy obligado a presentar el 100?

Con actividad económica, con carácter general sí, aunque el resultado sea cero o a devolver. Revisa los umbrales y tu situación.

¿Puedo corregir una declaración ya presentada?

Sí, mediante una declaración complementaria o rectificativa según el caso.

¿El borrador me vale si soy autónomo?

El borrador no siempre incorpora bien los datos de actividad. Revísalo o confecciona la declaración con tus libros.

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Última actualización: 10 de julio, 2026

Revisa la normativa vigente y las deducciones de tu comunidad autónoma.